Nacionalidad por Simple Presunción, Opción y Ley de Nietos

Nacionalidad por Simple Presunción, Opción y Ley de Nietos

Vías especiales para obtener la nacionalidad española

España, el camino hacia la ciudadanía no siempre pasa por los 10 años de residencia general. Existen «atajos» legales basados en el principio de solidaridad internacional, el derecho de familia y el resarcimiento histórico. Para un extranjero, conocer estas vías no solo es una cuestión de pasaporte, sino de estrategia migratoria familiar.

A continuación, analizamos las tres vías más importantes fuera de la residencia convencional.

Nacionalidad por Simple Presunción: El derecho de suelo condicionado

España sigue el criterio del Ius Sanguinis (derecho de sangre), lo que significa que un niño nacido en España de padres extranjeros suele tener la nacionalidad de sus padres. Sin embargo, el artículo 17.1.c del Código Civil establece la Simple Presunción para evitar que un niño sea apátrida.

¿Cuándo se aplica realmente?

Se otorga cuando ninguno de los dos padres puede transmitir su nacionalidad al bebé nacido en España. Esto ocurre porque la legislación de sus países de origen exige que el niño nazca en su territorio nacional para darle la ciudadanía.

  • Países incluidos (Listado actualizado 2026): Argentina, Bolivia, Brasil, Colombia, Costa Rica, Cuba, Guinea-Bissau, Panamá, Paraguay, Perú, Portugal (con condiciones) y Uruguay.

  • El trámite clave: No es un trámite de Extranjería, sino del Registro Civil. Debes solicitar un certificado de la embajada o consulado de tu país que confirme que no han inscrito al niño y que su ley no le otorga la nacionalidad automáticamente por nacer en el extranjero.

  • Impacto familiar: Una vez que el niño es español, los padres tienen derecho a solicitar el Arraigo Familiar, obteniendo una residencia y permiso de trabajo por 5 años.

Nacionalidad por Opción: La extensión de la ciudadanía

La Nacionalidad por Opción (Art. 20 del Código Civil) es un beneficio que permite a ciertas personas «optar» a la nacionalidad española por el simple hecho de estar vinculadas a un ciudadano español. Es la vía principal para la reagrupación jurídica de la familia.

Supuestos principales en 2026:

  • Hijos de nuevos españoles: Si tú obtienes la nacionalidad española hoy, tus hijos que aún son menores de edad (bajo tu patria potestad) adquieren el derecho a optar a ella.

  • Personas cuyo padre o madre hubiera sido originariamente español y nacido en España: Este es un caso muy común para hijos de españoles que nunca fueron inscritos en su día.

  • Adopción de mayores de edad: Si una persona mayor de 18 años es adoptada por un español, tiene un plazo de dos años desde la adopción para optar a la nacionalidad.

El plazo crítico: Para los hijos de extranjeros que se nacionalizan, el derecho a «optar» caduca a los 20 años (2 años después de la mayoría de edad). Si se pasa este plazo, el hijo deberá tramitar la nacionalidad por residencia (que se reduce a solo 1 año por ser hijo de español).

Ley de Memoria Democrática (Ley de Nietos): Reparación Histórica

La disposición adicional octava de la Ley 20/2022, conocida como Ley de Nietos, ha revolucionado las vías de acceso a la nacionalidad en 2026. Es una vía excepcional porque permite saltarse el requisito de residencia: puedes ser español viviendo en tu país de origen.

Quiénes están blindados por esta ley:

  1. Nietos de exiliados: Aquellos que acrediten que su abuelo o abuela perdió la nacionalidad tras salir de España por motivos políticos, ideológicos o de creencia entre 1936 y 1978.

  2. La discriminación de género: Hijos e hijas de mujeres españolas que perdieron su nacionalidad al casarse con extranjeros antes de 1978. Antiguamente, la mujer española no transmitía la nacionalidad; esta ley corrige ese error histórico.

  3. Hijos mayores de edad: Si un padre o madre obtuvo la nacionalidad por la Ley de Memoria Histórica (2007) o por esta misma ley actual, todos sus hijos (sin importar la edad) pueden ahora optar a la ciudadanía.

Nota técnica: Esta ley no requiere que el solicitante hable español de forma perfecta o apruebe exámenes (si ya es de país hispanohablante) y se tramita íntegramente en los Consulados de España.

Comparativa de Vías

VíaRequisito Principal¿Requiere vivir en España?Plazo de Resolución
Simple PresunciónPadres de países específicosSí (Nacimiento en España)3 a 6 meses
Por OpciónPadre/Madre españolNo necesariamente6 a 12 meses
Memoria DemocráticaAncestro español exiliadoNo12 a 24 meses (Consulados)

Preguntas Frecuentes (FAQ) sobre Nacionalidad por Vías Especiales

1. ¿Qué ocurre si un progenitor es de un país que da la nacionalidad (ej. Venezuela o Marruecos) y el otro de uno que no (ej. Colombia)?

En este caso, la Simple Presunción se deniega. Para que el niño sea español por esta vía, ambos padres deben ser de países incluidos en el listado de naciones que no transmiten la nacionalidad automáticamente por nacimiento en el extranjero. Si solo uno de los padres le transmite su nacionalidad, el niño ya no es apátrida, por lo que España no tiene obligación de «presumir» su nacionalidad. El niño deberá obtener su residencia legal y, tras un año, solicitar la nacionalidad por residencia.

2. Mi país no está en la lista de Simple Presunción, pero mi hijo nació aquí. ¿Tiene algún beneficio?

Absolutamente. Cualquier niño nacido en territorio español, aunque sea de padres cuyos países sí les transmiten la nacionalidad (como Honduras, Nicaragua, Venezuela o Senegal), tiene el beneficio de la reducción del plazo de residencia. En lugar de esperar 2 o 10 años, el menor puede solicitar la nacionalidad española tras acreditar un solo año de residencia legal en España.

3. ¿La Nacionalidad por Opción es automática al nacionalizarse el padre o la madre?

No, es un acto voluntario. Una vez que el progenitor jura la bandera y obtiene su DNI, debe iniciar un expediente de «Opción» para sus hijos menores de edad en el Registro Civil. No es un proceso automático de «arrastre». Si el hijo cumple 18 años y no se ha iniciado el trámite, entra en el periodo de caducidad (tiene hasta los 20 años para decidir por sí mismo).

4. Si mi hijo es español por Simple Presunción, ¿pueden expulsarme de España?

No. La concesión de la nacionalidad al menor genera un derecho de Arraigo Familiar para los progenitores. Este permiso no solo te regulariza, sino que te otorga una autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena y propia con una duración de 5 años. Es, actualmente, la vía más estable para padres en situación irregular.

5. ¿Qué documentos son críticos para la Ley de Memoria Democrática (Ley de Nietos)?

El documento fundamental es el Certificado de Nacimiento del ancestro español (abuelo/a o padre/madre) emitido por un Registro Civil en España. Si no se tiene, se puede solicitar al Ministerio de Justicia. Además, en los casos de exilio, se deben aportar pruebas como el carné de refugiado, pasaportes de la época con sello de entrada en el país de acogida o certificaciones de asociaciones de exiliados.

6. ¿Puedo perder la nacionalidad obtenida por estas vías si me voy de España?

Depende de la vía. La nacionalidad obtenida por la Ley de Nietos suele considerarse «de origen», lo cual es casi imposible de perder. Sin embargo, quienes la obtienen por Opción o Simple Presunción, si se mudan al extranjero y durante 3 años utilizan exclusivamente su otra nacionalidad (o la de su país de origen), podrían perder la española a menos que declaren su voluntad de conservarla ante el Consulado antes de que venza ese plazo.

7. ¿Los hijos mayores de edad de quienes optan por la Ley de Nietos pueden solicitarla también?

Sí, en 2026 esta es una de las mayores ventajas. La Ley de Memoria Democrática permite que los hijos mayores de edad de aquellos que han recuperado o adquirido la nacionalidad española por esta misma ley puedan también solicitarla. No hay límite de edad para este supuesto específico bajo la Disposición Adicional Octava.

8. ¿Es necesario realizar los exámenes de CCSE y DELE (Instituto Cervantes) para estas vías?

No. A diferencia de la nacionalidad por residencia, las vías de Opción, Simple Presunción y Ley de Nietos están exentas de los exámenes de conocimientos socioculturales y de idioma. Se basan en el derecho de sangre o suelo, no en el grado de integración demostrado mediante examen.

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